ARTICLE 19 Oficina México y Centroamérica, el colectivo Toma tu Remo y Perteneces A.C. expresaron su profunda preocupación por el uso de mecanismos judiciales para inhibir y amedrentar el ejercicio periodístico y la libertad de expresión en México. Debido al caso que afecta directamente a la periodista Claudia Amelia Solera, quien enfrenta una demanda por daño moral interpuesta por Mario Alberto Quiroz, quien se ostenta como abogado, en la Ciudad de México.
La demanda
El pasado 6 de mayo, Claudia Amelia Solera recibió en su domicilio la visita de dos mujeres. Una de ellas, presuntamente actuaria del Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, quien dio conocimiento sobre la demanda en su contra sin identificarse formalmente.
En tanto que la otra persona tampoco se identificó, acompañaba a la actuaria supuestamente en representación del demandante. Esta demanda se refiere a un artículo publicado el 19 de diciembre de 2010 en Excélsior, titulado “Lanzan alerta por bufete que depreda a jubilados”, donde Solera expuso prácticas abusivas de un bufete jurídico hacia jubilados.
Por su parte, Mario Alberto Quiroz exige 300 millones de pesos por el daño moral que supuestamente le causó la publicación. Esta cifra es desproporcionada y contraviene la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal, que limita las indemnizaciones a 350 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente. Además, dado el tiempo transcurrido desde la publicación, más de 13 años, debería considerarse la prescripción del caso, argumentaron las organizaciones que respaldan a Claudia Amelia Solera.
El acoso judicial en aumento
El acoso judicial, conocido también como demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPPs), es una táctica cada vez más común para intimidar a los periodistas en México , ya que, ARTICLE 19 dijo tener documentado un aumento significativo de estos casos: de uno en 2015, a 13 en 2016, 39 en 2020 y un promedio de 1.8 casos mensuales en 2023.
Estas demandas buscan silenciar a los periodistas y tienen un efecto amedrentador sobre la libertad de prensa, afectando a nivel económico, psicológico y laboral a los profesionales de la información.
¿Quién es periodista?
Las organizaciones recordaron al Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito que, en 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que el periodismo debe entenderse de manera funcional. Esto significa que cualquier persona que informe de manera habitual sobre eventos de interés público puede ser considerada periodista, sin necesidad de un título profesional. Esta protección incluye a quienes trabajan en medios tradicionales, independientes o digitales.
Parámetros para analizar estos casos
La SCJN ha señalado varios parámetros para analizar casos donde se involucran periodistas:
- Contenido de la expresión: Se debe diferenciar entre información y opinión. Las opiniones sobre temas de interés público siempre estarán protegidas, mientras que la información debe cumplir con un estándar de veracidad.
- Temáticas del contenido: Se debe evaluar si el discurso publicado es de interés público, lo que garantiza una mayor protección.
- Persona que realiza la expresión: Los periodistas, por su rol en la generación de opinión pública, reciben el máximo nivel de protección.
- Persona que recibe el daño: Si se trata de figuras públicas, los límites de crítica son más amplios y se aplica el estándar de real malicia.
Conclusión
Ante estos hechos, Toma tu Remo, Perteneces A.C. y ARTICLE 19 manifiestan su rechazo a las acciones judiciales que afectan el ejercicio periodístico y solicitan al Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México que desestime la demanda contra Claudia Amelia Solera, respetando los estándares internacionales de libertad de expresión.
Con información de ARTICLE 19